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SOLLOÍNA

Piratilla no, señor juez

Eso podría decirle el preso de Sevilla II a los magistrados de la sección cuarta de la Audiencia de Sevilla que le han denegado la posibilidad de tener un DVD en la celda para disfrutar de películas en formato digital. Porque los jueces no han tardado en asimilar las política gubernamental sobre piratería y derivados. Lo ha publicado Jorge Muñoz en Diario de Sevilla ("El preso aficionado al cine". 8 de abril 2005).
La Audiencia confirma decisiones anteriores de la dirección de la cárcel y del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria. Todos alegan un cambio en la normativa que desde el 1 de abril de 2004 prohíbe tener en las celdas vídeos o reproductores de imágenes y DVD. Lo llamativo son algunos de los argumentos. A los más lógicos de la limitación de espacios y seguridad, añaden sus señorías: La introducción de los DVD plantea nuevos problemas relacionados con la piratería audiovisual y la coparticipación de la prisión en un delito contra la propiedad intelectual, si se permitiera la entrada de estos discos que inundan el mercado ilícito.
"Incluso aunque para sortear la necesidad de control de esos soportes se restringieran los discos admisibles a los comerciales y adquiridos por demandadero –persona destinada para hacer los recados de los presos fuera de la cárcel– o en el economato (es obvio que, de autorizarse el aparato, dejarían de ser objetos prohibidos), se plantearía el problema adicional de impedir que la administración penitenciaria se convirtiera en pasivo copartícipe de la infracción de la propiedad intelectual, con lo que por esta vía volvería a ser necesario un enojoso control".
El tribunal sostiene que prohibir el DVD en la cárcel no supone una restricción del derecho de los internos al acceso a la cultura, pues los presos "pueden gozar suficientemente de este derecho por medios alternativos y que no debe confundirse con el derecho al entretenimiento, fin éste al que parece dirigido predominantemente este tipo de oferta, y al que sin duda tienen derecho los internos y que les es especialmente necesario, pero que no tiene el rango de derecho que a la cultura como tal atribuye el artículo 44.1 de la Constitución, que respecto al ocio se limita a proclamar que los poderes públicos facilitarán su adecuada utilización", advierte el auto.
Ya saben los presos: nada de hacer pasar por cultura lo que sólo es ocio pirata.

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