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SOLLOÍNA

36.000 euros

"En el caso presente, el acusado ha utilizado expresiones insultantes e innecesarias para el recto ejercicio de la libertad ejercitada [...] No cabe duda de que las opiniones y calificativos son formalmente vejatorios en cualquier contexto, innecesarios en la labor informativa [...] y suponen un daño injustificado a la dignidad del querellante". "El querellado, por un lado imputó hechos falsos [...] y por otro, utilizó de forma reiterada insultos y descalificaciones con imputaciones gravemente ofensivas".

El Juzgado de lo Penal número 6 de Madrid, que preside Inmaculada Iglesias, condena a Federico Jiménez Losantos por injurias graves a Alberto Ruiz-Gallardón.

El locutor de la Cope recurrirá: "supone una espada de Damocles sobre la libertad de crítica al poder político. Esto lo que hace es asustar y amedrentar”.

 

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